Anoche tuve oportunidad de ver y escuchar el programa periodístico de televisión titulado A las 8 y 45 que transmite el canal Antigua. Esta vez estuvo a cargo de los periodistas Sylvia Gereda y Pedro Trujillo. Aunque ninguno de los dos es “santo de mi devoción” debo felicitarles por este excelente programa. Principalmente a Pedro Trujillo, porque fue él quien tuvo mayor participación en el mismo, no sólo por la entrevista en la cárcel a Edwin Emmanuel Rivera Gálvez, sino también por la entrevista que les hicieron en el estudio a los abogados Fernando Linares Beltranena y César Calderón. Este último explicó con mucha sencillez y claridad en qué consiste la situación de sus defendidos, los hermanos Francisco y Estuardo Valdés Paiz, a quienes no conozco, pero personas de mi confianza que les conocen tienen alto concepto de ellos, sindicados de complicidad por la muerte de su ex cuñado, el abogado Rodrigo Rosenberg, que están guardando prisión preventiva desde hace dos años y medio después de haber cometido el error de entregarse a la CICIG al haber caído en la trampa que les tendió el tristemente recordado Carlos Castresana, quien usó como intermediarios a la señora Adela Torrebiarte y al periodista Pedro Trujillo. Aunque acabo de recibir un correo electrónico del señor Trujillo en el que me aclara que la entrega de los hermanos Valdés Paiz no fue una trampa de Castresana, y agrega: “La historia real, porque yo fui co-protagonista de la misma, es la siguiente: las esposas (y la hermana) de los sres. Valdes me contactaron porque sus maridos deseaban entregarse y medie (también otras personas) con CICIG. Tras algunas “negociaciones” o conversaciones de compromiso, se pactaron 5 puntos con los que estuvieron de acuerdo ambas partes (CICIG y las esposas), que fueron ratificados y cumplidos por CICIG y que ellas aceptaron, supongo que en nombre de sus maridos. Estos puntos están recogidos en diferentes correos electrónicos que nos cruzáramos y, entre otras cosas suponían: 1) Ingreso en el centro militar no en prisión común; 2) Entrega personal de ellos al señor Castresana con sus esposas delante y toma de declaración con Castresana presente; 3) Cambio del delito hasta aquel momento imputado”. En próxima oportunidad voy a reproducir íntegramente su mensaje, pero hoy agrego su aclaración para que se enteren por lo menos quienes aún no habían leído este blog. Una de las razones que les obligó a exponerse a tomar esta medida fue que la CICIG les negaba, a ellos y a sus abogados, el derecho a enterarse de los detalles del juicio en su contra, a pesar de que la ley dice que “El detenido, el ofendido, el Ministerio Público y los abogados que hayan sido designados por los interesados, en forma verbal o escrita, tienen derecho de conocer, personalmente, todas las actuaciones, documentos y diligencias penales, sin reserva alguna y en forma inmediata”.
El tema central del programa al que me refiero fue la ineficiencia o el retraso en la aplicación de la justicia penal en Guatemala y, de carambola, la desmedida e indebida injerencia de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) en algunos casos en los que se viola el principio que la justicia debe ser pronta y cumplida, debido al abuso en los recursos de amparo que se presentan y las constantes recusaciones a los jueces con el objetivo de retrasar los procesos e impedir que se abran los juicios a personas que llevan largo tiempo en las cárceles preventivas sin haber sido oídos, juzgados y condenados en firme, como corresponde en un país republicano y democrático de acuerdo al nuevo Código Procesal Penal, Decreto número 51-92 del Congreso de la República de Guatemala, el cual en su primer considerando dice: “que es necesario consolidar el estado de derecho y profundizar el proceso democrático de Guatemala y que para ello debe garantizarse la pronta y efectiva justicia penal, con lo cual, además, se asegura la paz, la tranquilidad y la seguridad ciudadanas, así como el respeto a los derechos humanos; y que por otra parte, la efectiva persecución de los delincuentes y la sanción de las conductas que lesionan los bienes jurídicos, sociales e individuales de los guatemaltecos es una de las prioridades y demandas sociales más urgentes” que fue reformado y convertido de un modelo inquisitivo, de juicios por escrito, a un sistema acusatorio, de juicios orales, gracias a la asesoría de los eminentes juristas argentinos doctores Alberto M. Binder Barzizza y Julio R. Maier, cuando el Presidente del Poder Judicial y la Corte Suprema de Justicia era el gratamente recordado doctor Edmundo Vásquez Martínez.
Un ejemplo de cómo el Ministerio Público (MP) y la CICIG han tratado de retrasar el proceso contra los hermanos Valdés Paiz se encuentra en esta nota publicada el 31/07/12 en Prensa Libre con el título
Los hermanos Valdés Paiz exigen juicio
La Sala Segunda de Apelaciones resolvió ayer confirmar al juez segundo Penal, Carlos Aguilar, en el caso seguido contra los hermanos Francisco y Estuardo Valdés Paiz, sindicados por la muerte del abogado Rodrigo Rosenberg. El Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala recusaron a Aguilar por enemistad; sin embargo, la Sala no le dio valor probatorio.
César Calderón, abogado defensor, indicó que los hermanos Valdés Paiz quieren ir a juicio lo antes posible, ya que el proceso está detenido desde hace dos años.
El programa “A las 8 y 45” de anoche comenzó con una insólita entrevista que el periodista Trujillo le hizo, en un centro militar en donde se encuentra detenido preventivamente, al señor Noel o Edwin Emmanuel Rivera, del grupo conocido de los apodados “los riveritas”, acusado de haber cometido el delito de Ejecución Extrajudicial en los casos de las masacres ocurridas en las cárceles denominadas Pavón y El Infiernito, quien se quejó de que ya lleva dos años y medio en la prisión preventiva por una simple acusación de un “testigo protegido” de dudosa solvencia y credibilidad, pero hasta el momento no se le ha dado audiencia ni se le ha abierto el proceso para demostrar si es culpable o inocente del delito del cual se le acusa, a pesar de que se han vencido los plazos para que, como está establecido, la justicia sea pronta y cumplida. Por otra parte, se viola el Artículo 16 (Respeto a los derechos humanos), que dice: “Los tribunales y demás autoridades que intervengan en los procesos deberán cumplir los deberes que les imponen la Constitución y los tratados internacionales sobre respeto a los derechos humanos”. He llamado “insólita” a la entrevista, porque no ha sido usual que se permita que un periodista pueda entrar a una cárcel con cámaras de televisión para entrevistar a sus anchas a una persona detenida. Con más razón cuando se trata de una cárcel militar, como la que funciona en la zona militar Mariscal Zavala. Ignoro si esto lo permite la Ley del Régimen Penitenciario, si es que la hay, o si sencillamente se lo autorizó el ministerio de Gobernación. En todo caso, esto no se ha acostumbrado, a pesar de que existe el precepto constitucional que garantiza la Libre Emisión del Pensamiento.
El señor Edwin Emmanuel Rivera Gálvez tiene razón al protestar porque el sistema judicial no ha respetado los plazos que fija la ley en estos casos y ya ha pasado dos años y medio en prisión sin que se le otorgue audiencia. Este era el hombre de más confianza del venezolano Víctor Rivera, experto en investigar secuestros Y tengo entendido que, por una parte, en los juzgados hay muchos miles de casos pendientes de juicio y, por la otra, las cárceles existentes están sobre pobladas. Es por ello que se dan casos de personas que llevan largo tiempo en las cárceles preventivas sin haber sido oídas, juzgadas y condenadas. Y en muchos casos están detenidos por un simple accidente de automóvil o sucede que cuando finalmente se les sentencia resulta que ya han purgado más tiempo que al que han sido condenados. De hecho, hay muchas personas en las cárceles de detención preventiva que no han logrado salir libres debido a su falta de recursos económicos no han podido contratar a un abogado defensor. Y se quedan pudriéndose en la cárcel hasta que a algún juez se le ocurre o le da la gana darles una audiencia y dilucidar si son culpables o inocentes.
Por otra parte, la Constitución de la República dice que todas las personas son inocentes hasta que no se pruebe lo contrario, pero la CICIG parte de la primera impresión y señala públicamente como culpables a cualesquiera, a pesar que el Código Procesal Penal establece en su Artículo 14 (Tratamiento como inocente) que “El procesado debe ser tratado como inocente durante el procedimiento, hasta tanto una sentencia firme lo declare responsable y le imponga una pena o una medida de seguridad y corrección”. Sin embargo, el señor Francisco Dall’ Anese se permitió acusar con nombre y apellidos a 18 jueces de cometer actos de corrupción en sus resoluciones judiciales, pero sin aportar pruebas de ello. Cuando lo que debió hacer habría sido pedir una audiencia al Presidente de la Corte Suprema de Justicia para darle la lista de los jueces para que ese alto tribunal hiciera lo que considere que procede. Pero él los hizo públicos sin importarle el grave daño que causó a la reputación de los jueces, a su carrera profesional, a su familia, etcétera. Lo que hizo no tiene nombre, pero lo hizo porque goza de inmunidad. ¡Este Dall’ Anese ha salido por el estilo de su infame antecesor Carlos Castresana!
El periodista Pedro Trujillo ha dicho varias veces en diferentes medios de comunicación que el señor Francisco Dall’ Anese está acusado en su natal Costa Rica de que cuando fue Fiscal General, por un falso testigo metió a la cárcel a un hombre que en la prisión fue violado y perdió a su familia y a sus bienes. Pero a los tres años fue dejado en libertad porque se comprobó su inocencia. La persona que fue víctima de semejante injusticia e infamia ha dado a conocer esa acusación ante los medios de comunicación internacionales. Pero parece que Dall’ Anese no se ha dado por enterado. Simplemente ha puesto oídos sordos.
El proceso judicial en Guatemala es injusto e ineficiente cuando mantiene largo tiempo en cárceles preventivas a personas a quienes no se les ha oído y vencido en juicio. El Artículo 14. (Presunción de inocencia y publicidad del proceso) establece que “Toda persona es inocente, mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada”.
Así ocurre que los hermanos Valdés Paiz han venido guardando prisión durante 29 meses en la cárcel preventiva del Mariscal Zavala, acusados de haber cometido una serie de delitos, simplemente por haber hecho el favor que éste les solicitó de recomendarles a un guardaespaldas. ¿No creen que ya va siendo hora de que se les juzgue? Asimismo, siguen presos “preventivamente” los directivos del Banco del Café y hasta las señoras Desirée Soto, hija heredera del señor Miguel Soto, ya fallecido, uno de los principales accionistas fundadores del banco, y la señora Gloria Marina Barrios, también miembro de la Junta Directiva, quienes obviamente no participaron en decidir las actividades financieras que se desarrollaron sino se limitaban a integrar la Junta Directiva y cobrar dietas.
Alfonso Portillo Cabrera, Presidente de la República del 2000 al 2004
Finalmente, está también el lamentable caso del ex Presidente Constitucional de la República, Alfonso Portillo Cabrera, quien está compartiendo con los hermanos Valdés Paiz las mismas instalaciones improvisadas como cárcel, sin que hasta el momento haya una autoridad legal competente que sea lo suficientemente valiente para decidir en forma definitiva si es constitucional que se le extradite a la más grande potencia mundial, los Estados Unidos de América, para ser juzgado en Nueva York por el delito de lavado de dinero; o si debe ser juzgado aquí mismo por los delitos que se le imputan y se violaría la Constitución si se le llega a extraditar. Dios y mis lectores saben que, en el ejercicio de mi función periodística, yo le critiqué severamente cuando, siendo candidato presidencial, en un programa de televisión se ufanó, con cinismo que, además, me pareció políticamente incorrecto, de no haber matado solamente a un mexicano sino a dos, y continué criticando a su gobierno durante los cuatro años de su gestión. Pero, sin tomar en cuenta su nombre y su apellido, se debe tomar en consideración que se trata de un ex mandatario, libremente electo por el pueblo en elecciones libres. Y creo que se le debe guardar el respeto y las consideraciones que merece por la alta investidura que ostentó del 14 de enero del 2000 al 14 de enero del 2004 cuando fue el cuadragésimo quinto Presidente Constitucional de la República de Guatemala.