FALLO A FAVOR DE PORTILLO Y SUS MINISTROS

El expresidente Alfonso Portillo Cabrera demuestra que está feliz y contento por el fallo absolutorio del delito de Peculado del que ha sido acusado por el MP la CICIG. A su lado derecho está su abogado defensor, licenciado Telésforo Guerra Cahn, quien se anotó un éxito en su carrera legal. Ahora únicamente queda preguntar ¿dónde están los Q120 millones del ministerio de Defensa que desaparecieron vía el Crédito Hipotecario Nacional?

Por más que a muchísimas personas en Guatemala, comenzando por la mayoría de los columnistas de opinion de los diarios, haya causado enorme desagrado que las jueces vocales del Tribunal del Juzgado Undécimo de Sentencia,  licenciadas Patricia Veras y Coralia Contreras, hayan absuelto del delito de Peculado al ex presidente de la República Alfonso Antonio Portillo Cabrera y a los ex ministros de Defensa, general Eduardo Arévalo Lacs, y de Finanzas, licenciado Manuel Maza Castellanos, a pesar de que la presidenta de ese mismo tribunal, licenciada Morelia Ríos, votó en contra y razonó su voto, se debe respetar la decision mayoritaria de los jueces y, por lo cual, tanto la Fiscal general de la República y jefa del Ministerio Público (MP), licenciada Claudia Paz y Paz, como el jefe de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), doctor Francisco Dall’Anese, en ningún momento debieron lanzar rayos y centellas por todos los medios de comunicación contra las dos jueces vocales que, aduciendo que el MP y la CICIG no presentaron pruebas suficientemente contundentes de la culpabilidad de los acusados en el delito de peculado y no aceptaron las declaraciones grabadas por television de los denominados “testigos protegidos” José Armando Llort Quiteño, ex presidente del Crédito Hipotecario Nacional y Salomón Abraham Molina Girón, ex subgerente del mismo, votaron en favor de la absolución de Alfonso Portillo y del general Arévalo Lacs y el licenciado Maza Castellanos. En realidad, no se les puede culpar por no aceptar estos testimonios por videos de los “testigos protegidos” porque el nacido salvadoreño pero ciudadano guatemalteco por nacionalización José Armando Llort Quiteño, ex presidente del banco Crédito Hipotecario Nacional (CHN), quien tiene pésima reputación y ha dejado tras de su paso una gruesa estela de fraudes. No me explico por qué basaron buena parte de su acusación en presentar estos videos cuestionados de dichos “testigos protegidos”.

Y es doblemente indebido que la Fiscal General de la República y Jefa del Ministerio Público (MP), alegando que la juez vocal Anabella Veras Castillo debió inhibirse de conocer el caso por la presunta amistad de su esposo, licenciado Ronald Otto Valvert Mejía con el abogado defensor, licenciado Telésforo Guerra Cahn, pero sin especificar hasta qué punto esto pueda ser delito porque se supone que el abogado Valvert Mejía pudo haber influído determinantemente en la decision de su esposa en el caso que nos ocupa. Sobre este particular, el abogado Guerra Cahn declaró que el abogado Valvert Mejía y él son amigos como colegas, pero que la Fiscal General no dice nada del hecho que en el pasado él vivió en su casa y ella formó parte de su bufete.

Claudia Paz y Paz

Licenciada Claudia Paz y Paz debería saber que no debe litigar a través de los medios de comunicación, sino, debe hacerlo exclusivamente haciendo uso de los recursos legales. No debió dar declaraciones posteriores al fallo que absolvió al expresidente Portillo y a sus ex ministros Arévalo Lacs y Maza Castellanos, sino debió concretarse a presentar un recurso de apelación. Pero hay que recordar ella nunca ha sido litigante ni ha sido magistrada o juez.

Si es verdad que el MP está seguro que esos dos abogados están de acuerdo en el caso que se juzgaba, y que a eso se debió que entregó a un medio de comunicación televisivo el videotape de vigilancia en el que se ve cuando ambos ingresaban al elevador en las instalaciones de esa institución, debe investigarse si esos medios solicitaron el video porque se enteraron de esa reunión, o si el MP lo proporcionó, pero no lo denunció, y de ser así comete el delito de omision de denuncia.  Y es indebido que en sus alegatos mediáticos, tanto el MP como la CICIG hayan llegado al extremo de insinuar que recibieron dinero las dos jueces que votaron por la absolución de Portillo y compañeros, al sugerir que se investigue si por estos días aumentó injustificadamente el depósito bancario de ellas. Con lo cual se insinúa que vendieron su voto absolutorio a la defensa de los acusados.

Por otra parte, me parece que la CICIG no debe convertirse en parte acusadora porque esa función no está incluída específicamente entre sus actividades en el Convenio firmado entre la Organización de Naciones Unidas (ONU) y el deplorable gobierno presidido por el licenciado Óscar Berger Perdomo y el vicepresidente Eduardo Stein Barillas.

El licenciado Francisco Dall’Anese esté siguiendo los pasos de su desprestigiado antecesor, el fiscal español Carlos Castresana. Es una lástima porque cuando comenzó su gestión nos dió la impresión de que iba a ser muy diferente de aquel. Pero es evidente que nos equivocamos.

Finalmente, si bien es un derecho constitucional inalienable el respeto a la libertad de expresión y de la prensa, para que los periodistas puedan decir con entera libertad lo que en su opinión les parezca apropiopiado en cualquier caso, eso no significa que en nombre de estas sagradas libertades se calumnie y se insulte a cualquier persona, en este caso paticular a los jueces y magistrados por la forma como han votado. Es lamentable que en Guatemala solamente se aceptan sin discusión los fallos que coinciden con nuestras opiniones personales, aún cuando éstas no tengan sustento legal. Para eso son los jueces, y cuando no se está de acuerdo con alguna decisión, para tratar de revertislos están los recursos legales para solicitar una revisión y, cuando lo merezca, que se rectifique el voto de los jueces.

La resolución número 1 de la Memoria de labores del XV Congreso Jurídico Guatemalteco que se llevó a cabo en noviembre de 1995 que se denominó Epaminondas González Dubón, fue en respaldo a los magistrados, jueces y fiscales del Ministerio Público, cuyo texto es oportuno recordar ante la reacción virulenta y en muchos casos abusiva de algunos comentarios condenatorios contra las dos jueces:

“En Guatemala ha existitido y existen amenazas contra magistrados, jueces, fiscales y otros auxiliares de la administración de justicia, habiéndose, inclusive, llegado al asesinato, entre otros, del Magistrado Presidente de la Corte de Constitucionalidad, licenciado Epaminondas González Dubón, el 1 de abril de 1994; así como del Juez Primero de Primera Instancia de Chimaltenango, licenciado Ramiro Elías Ogáldez, el 20 de agosto de 1994. Estos hechos obstaculizan y dañan la administración de justicia y debilitan el Estado en su lucha contra la impunidad.

CONSIDERANDO

Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República, entre otros valores, el de la Justicia, y que ésta se debe impartir con imparcialidad e independencia y de conformidad con la Constitución y las leyes.

CONSIDERANDO

Que los magistrados y jueces, por mandato constitucional, son independientes en el ejercicio de sus funciones y únicamente están sujetos a la Constitución y a las leyes, y no pueden ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, salvo por alguna de las causas y con garantías previstas en la ley.

POR TANTO RESUELVE:

A.   Expresar su más enérgico rechazo de todos aquellos actos que pretendan obstaculizar la administración de justicia en Guatemala, tales como presiones, amenazas, atentados y asesinatos en contra de magistrados, jueces, fiscales y otros auxiliares de la administración de justicia; a la vez de hacer patente a dichos funcionarios su apoyo y solidaridad.

B.   Exigir al Gobierno de la República, en especial al Ministerio de Gobernación y a las fuerzas de seguridad, que presten a los magistrados, jueces, fiscales y otros auxiliares de la administración de justicia, la constante y efectiva protección que demandan las circunstancias, ante las presiones, amenazas y atentados de que han venido siendo objeto en el ejercicio de su funciones. En la medida que esa protección sea efectiva, se estarán dando las condiciones para que se pueda administrar justicia en el país, sin temor ni interferencias, en forma pronta y cumplida, de conformidad con la Constitución de las leyes de la República”. (Fin de la Resolución del XV Congreso de Abogados)

Finalmente, aunque no creo que sea necesario reiterar que yo nunca he sido partidario de Alfonso Portillo Cabrera desde que siendo candidato a la Presidencia se ufanó en una entrevista de televisión con el desaparecido periodista Eduardo Zarco Bolaños, que no había matado solo uno, sino fueron dos a quienes él asesinó a balazos en Chilpancingo, Estado de Guerrero, México; y durante la campaña electoral escribí numerosas columnas en elPeriódico instando a mis lectores que no votaran por él; y durante su período de gobierno fuí un duro crítico de la mayoría de sus decisiones y de su comportamiento. De manera que no creo necesario reiterar que ese señor no ha sido santo de mi devoción. No obstante lo cual, las opiniones de un comentarista como yo no deben basarse en sentimientos personales, sino en el análisis objetivo de los hechos.

Para terminar, es muy importante que los guatemaltecos procuremos tener respeto por los miembros de los poderes del Estado y sus altos funcionarios, porque no puede haber gobernabilidad en un país en el que ya no se respeta a ninguno de los poderes, del presidente de la República para abajo, pasando por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y aún los magistrados de la Corte de Constitucional (CC). ¡Bastante perjuicio causó en este sentido a nuestra sufrida patria  el tristemente recordado comisionado Carlos Castresana, cuando señalaba con su implacable dedo acusador –cual si fuera un émulo de Girolamo Savonarola- a quienes le dio la gana, a pesar de carecer de pruebas de sus acusaciones! La Constitución de la República establece que en Guatemala todos somos inocentes hasta que no se nos pruebe lo contrario. ¡No al revés! Pero aquí hay muchos que por largo tiempo guardan “prisión preventiva” sin que se les juzque por la acusación que se les ha hecho. Aún cuando se arraiga a una persona, no hay establecido un plazo durante el cual están arraigados y por lo tanto imposibilitados de abandonar el país, como sucede en muchas otras partes, sino que el arraigo es por tiempo indefinido. Lo cual no puede ser calificado de justicia. Sería bueno que estas cosas sean revisadas y enmendadas en un país en el que se vive en auténtico Estado de Derecho.

La licenciada en Ciencias de la Comunicación y doctora honoris causa de una universidad teológica de California, Sandra Torres Casanova en el momento de ser declarada candidata a la Presidencia de la República del partido oficial Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) y del partido Gran Alianza Nacional (GANA), a pesar de la prohibición que establece el artículo 186 de la Constitución de la República, acompañada del secretario general de GANA y del jefe de su campaña electoral, Jairo Flores. Ella es una mujer tan autoritaris que cabe la sospecha de que, de llegar a desempeñar la Presidencia, su compañero de fórmula, Roberto Díaz Durán, será equivalente a un cero a la izquierda, como lo ha sido en este gobierno el actual Vicepresidente, doctor Rafael Espada.

¡Aliviados estamos si la Constitución Política no la respetan ni los mismos que han jurado velar porque se cumpla, como es el deplorable caso del actual Presidente de la República, ingeniero Álvaro Colom Caballeros y de su ex esposa, Sandra Torres Casanova, que han llegado al inaudito colmo de “divorciarse” para burlar el artículo 186 de la Constitución. Lo cual es indudable que constituye un delito de ley y por lo tanto su candidatura no debe ser inscrita, como lo están exigiendo, con sobrada razón, quienes fueron los autores de la Constitución que nos rige. Y nadie sabe mejor que ellos cuál fue la intención del contenido de su texto.