1.- La criminalización de la vida civil
El MP como instrumento de persecución política.
Nuestro país se encuentra actualmente atravesando una situación propia de los países totalitarios, sin que la tiranía sea ejercida por el gobernante. En los regímenes totalitarios impera el miedo, lo cual ocurre en Guatemala por la “cacería de brujas” en la que, lamentablemente, han caído el Ministerio Público, bajo la Fiscal General Thelma Esperanza Aldana y la CICIG bajo el comisionado colombiano Iván Velásquez. Por el comprensivo temor a sus arbitrariedades, porque basta una acusación para que una persona sea capturado, esposado y enviado una cárcel supuestamente preventiva, sin respeto al principio internacionalmente establecido de presunción de inocencia y el Estado de Derecho, el país está prácticamente paralizado.
La persecución política de todos los que se oponen a la agenda demócrata del ex presidente Barack Hussein Obama II y la ex Secretaria de Estado Hillary Clinton, impulsada por el embajador de los Estados Unidos de América, la Fiscal General y el comisionado de la CICIG (llamada “trinca infernal”), ha llegado a límites que presagian una conflictividad de consecuencias impredecibles e incalculables.
Para implantar su agenda, estos personajes se han venido valiendo no sólo de algunos funcionarios públicos que en el ejercicio de sus cargos han actuado contra los intereses de Guatemala, sino de la pléyade de ONGs financiadas con fondos de algunos países europeos, con dinero de los contribuyentes estadounidenses por medio del programa USAID -que el mismo Robinson manipula- y de algunos editorialistas y columnistas de los medios de comunicación que se prestan a difundir de manera manipulada la cobertura de los hechos, y a publicar artículos de opinión con un sesgo tal que hacen evidente su confabulación.
El hecho más reciente fue el manipulado antejuicio contra el Presidente de la República, Jimmy Morales Cabrera, que mereció los calificativos de espurio y político en la resolución que, por unanimidad, rechazaron in limine (de entrada) los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, la cual no encontró meritorio entrar a conocer el fondo del asunto dada su evidente improcedencia, extremo que había sido ya señalado por todos los conocedores del Derecho que se manifestaron sobre su politiquero planteamiento.
Ahora el Ministerio Público y un sesgado segmento de la prensa se están embarcando en una conspiración para defenestrar el principio de libertad de acción contenido en el artículo 5º de la Constitución Política de la República, con motivo de la celebración de un contrato firmado con una acreditada empresa estadounidense de procuración política o cabildeo (lobby), por cuatro diputados al Congreso de la República, enfocando de mala fe el evento, insinuando y a veces ya acusando a quienes lo celebraron, de haber cometido un delito con una actividad perfectamente lícita.
Los conspiradores quieren equiparar el contrato que celebraron los cuatro diputados con la acreditada firma Barnes & Thornburg del Estado de Indiana, de donde es el vicepresidente Mike Pence, con las actividades que constituirían el delito de tráfico de influencias contenido en el artículo 499 Bis del Código Penal, que lo tipifica afirmando que se comete ese delito cuando se “influya en un funcionario o empleado público…para obtener un beneficio indebido”.
Resulta evidente que con el contrato de marras no se está tratando de influir en ningún funcionario o empleado público del país y mucho menos tratando de obtener para los diputados un beneficio indebido, por lo que al analizar la supuesta “investigación” que dice realizar el Ministerio Público, es fácil darse cuenta que tal sindicación no sería más que una persecución política más, una de las muchas que ha venido realizando la Fiscal General, Thelma Esperanza Aldana.
Es oportuno señalar que el Ministerio Público no tiene facultades para realizar ninguna “investigación preliminar” al antejuicio contra ningún diputado -facultad que arbitrariamente se ha atribuido la Fiscal- porque tal actividad desnaturaliza el derecho de antejuicio.
Por esa razón el artículo 4 de la LEY EN MATERIA DE ANTEJUICIO –una ley de orden público que por su naturaleza prevalece sobre el Código Procesal Penal–, obliga a cualquier persona a la que le conste la comisión de un delito por parte de un dignatario o funcionario público, a acudir directamente a un Juez de Paz o de Primera Instancia y no al Ministerio Público.
La razón es muy sencilla: la investigación de esas denuncias de acuerdo con lo prescrito en el artículo 17 literal d) de la ley citada, corresponde exclusivamente -en el caso de los diputados- a la Comisión Pesquisidora que debe nombrar el pleno del Congreso de la República en sesión extraordinaria y no al Ministerio Público, quien, reitero, no tiene competencia para hacer ningún tipo de investigación sobre los hechos denunciados, hasta que por lo menos dos terceras partes del total de diputados del Congreso de la República, declaren con lugar el antejuicio.
No por gusto la LEY EN MATERIA DE ANTEJUICIO, excluyó al Ministerio Público de la investigación de los hechos del antejuicio, pues no haberlo hecho así implicaría hacer nugatoria la prerrogativa que confiere el artículo 161 constitucional para el ejercicio de la función legislativa.
Violando el Principio de Legalidad contenido en el artículo 154 de la Constitución Política de la República y tipificando con su conducta el delito de abuso de autoridad, la Fiscal General, en este y otros casos, se ha atribuido ilegalmente la competencia de hacer investigaciones preliminares en el caso de antejuicios contra algunos diputados. Ya hay antejuicios planteados contra ella por estas actividades delictuosas, pero las denuncias no han prosperado –en este caso sí- por el tantas veces denunciado tráfico de influencias que realizan funcionarios extranjeros en la Corte Suprema de Justicia.
El contrato civil de procuración política, cabildeo o “lobby”, es un contrato perfectamente lícito tanto en Estados Unidos como en nuestro país, porque para los guatemaltecos este derecho lo consagra el PRINCIPIO DE LIBERTAD DE ACCIÓN contenido en el artículo 5º de la Constitución.
Igualmente lícito es el pago de obligaciones por terceros, el cual está establecido en el artículo 1380 del Código Civil que reza: “El cumplimiento de la prestación puede ser ejecutado por un tercero, tenga o no interés y ya sea consintiéndolo o ignorándolo el deudor”.
Los conspiradores, mal intencionalmente omiten mencionar que el contrato de procuración política, cabildeo o “lobby”, se ha venido celebrando entre los sucesivos gobiernos y particulares guatemaltecos con entidades de cabildeo estadounidense, durante toda la vida política del país, desde el gobierno dictatorial del llamado “general” Jorge Ubico Castañeda, pero hoy hacen de eso un escándalo porque su estrategia consiste en criminalizar cualquier actividad de la vida civil de quienes no comparten su ideología. Recuerdo que el gobierno del coronel Carlos Castillo Armas contrató lobbystas para tratar de justificar la llamada “liberación nacional”; y el general e ingeniero Miguel Ramón Ydígoras Fuentes contrató una firma de lobbystas para tratar de convencer a los congresistas y senadores de apoyar las reclamaciones de Guatemala sobre el territorio en disputa de Belice. Y así sucesivamente. Habrá quienes digan que para eso están los embajadores acreditados en ese país, pero es porque ignoran cómo se manejan las cosas allá. Aquí un embajador estadounidense puede llamar por teléfono directamente a cualquier alto funcionario, sin necesidad de pasar por la cancillería (como sería debido), pero en Washington eso no funciona así.
Por mucho el que el nombrado nuevo embajador de Jimmy Morales, un jovencito de apellido Espina (hijo del ex presidente Espina), sin la más mínima experiencia diplomática, comparta su preferencia denominación cristiana con el presidente Jimmy Morales de Guatemala y con el Vicepresidente Pence de Estados Unidos, porque han estado juntos en los Desayunos de Oración en los que participan importantes personajes de diversas religiones, pero es el caso que a ese jovencito ni siquiera le han aceptado en el Departamento de Estado de ese país. Ya han pasado muchos días desde que se solicitó su aceptación, pero aún no han contestado positivamente. Lo cual está considerado en los protocolos diplomáticos como un claro rechazo. Y por dignidad nacional, el gobierno debería retirar esa solicitud y proponer otro nombre. Y haría bien en que ese nuevo nombrado embajador sea de carrera y experimentado. Muy buen papel haría la experimentada ex embajadora Gladys Marithza Ruiz de Vielmann.
Mientras tanto, a Guatemala ya ha llegado la información oficial del Departamento de Estado de Washington informando que ya ha sido designado por el Presidente Trump al nuevo embajador estadounidense en Guatemala, en sustitución del nunca bien recordado Todd Robinson, quien aún antes de que finalice su período se retirará de Guatemala. Su nombre es Luis E. Arreaga, nacido en Guatemala, quien últimamente ha venido desempeñando como Asistente del Subsecretario de Estado para la oficina de narcóticos y la ley contra el narcotráfico. Antes fue Cónsul general en Vancouver, Canadá, y Embajador en Islandia. También fue el segundo jefe de la misión diplomática estadounidense en Panamá. Fue miembro de la delegación de Estados Unidos en la organización de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza. Tuvo a su cargo reclutar el mayor número de funcionarios del Departamento de Estado. Dentro de la carrera diplomática tiene rango de Ministro Consejero. Lo que hace suponer que de algo han servido los contratos con lobbystas que firmaron los cuatro diputados a quienes el patán Robinson calificó públicamente de “idiotas”. Tal como se lo vaticiné en una de mis últimas columnas en elPeriódico, el embajador Todd Robinson va a dejar detrás de sí una estela más negra que el color de su piel. Lo digo sin ánimo de ser discriminatorio, como le pareció al servir José Rubén Zamora, presidente de elPeriódico en un desvergonzado alarde de servilismo al susodicho embajador probablemente porque le proporcionaba información y tal vez alguna otra ayuda $$$.
También omiten los conspiradores toda referencia a las actividades manifiestamente violadoras del derecho internacional y de la propia Constitución Política de la República, que vergonzosamente ha venido realizando en Guatemala el señor Todd Robinson, actividades ilegítimas que hacen más que necesaria para los intereses legítimos del país, la celebración de este tipo de contrato, con el propósito de lograr que los nuevos funcionarios republicanos encargados de las relaciones internacionales de los Estados Unidos de América -–a quienes Robinson ha dado información tergiversada– se enteren de cuáles son las actividades al margen de la ley que el citado señor viene impulsando, información que por todos los medios posibles ha tratado de evitar que llegue a los oídos de sus superiores.
Precisamente en su última aparición ante la prensa, a la vez que insultaba a los cuatro diputados que no logra plegar a sus intereses, admitía desvergonzadamente que mantiene “relaciones cordiales” con otros diputados a los que sí dice “respetar” violando por enésima vez el numeral 2 del artículo 41 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, que lo obliga a utilizar el Ministerio de Relaciones Exteriores o su conducto, para trasladar cualquier comunicación al Estado de Guatemala, quedándole tácitamente prohibido hacerlo de manera directa, precisamente para cumplir con el numeral 1 del mismo artículo, que expresamente le prohíbe entrometerse en los asuntos internos de nuestro país. Más prueba de las violaciones al derecho internacional que comete el embajador Todd Robinson en Guatemala ya no puede haber.
La conducta del señor Robinson no tiene precedente en la historia diplomática de Guatemala, en donde se ha burlado de los guatemaltecos expresando públicamente que no le importa nuestra soberanía, tipificando con su conducta el delito de coacción al cancelarles el visado americano a quienes han tenido la dignidad de no someterse a sus consignas politiqueras y llegando la semana pasada, a llamar idiotas a los diputados que firmaron el contrato lícito de cabildeo con una entidad estadounidense, mancillando por enésima vez su carrera diplomática, mostrándose a la vez no sólo como el patán que es, sino como inmerecedor del cargo que desgraciadamente ostenta.
La señora Thelma Esperanza Aldana, Fiscal General de la República, estaría agregando a larga lista de sindicaciones de comisión de delitos que ya se le señala, una acusación calumniosa más si plantea un antejuicio contra los diputados mencionados sin que hayan cometido delito alguno.
Con las declaraciones que ya ha dado a los medios de comunicación, la Fiscal General por enésima vez hace evidente su confabulación con la izquierda de este país, para debilitar las instituciones del Estado y crear artificialmente un clima de desestabilización del gobierno.
No hay que olvidar que el Ministerio Público de la que ella es Jefe, ya tiene también planteado otro antejuicio espurio y politiquero contra el diputado Fernando Linares Beltranena por haber hecho declaraciones que no constituyen delito y de las que tiene la prerrogativa de irresponsabilidad otorgada constitucionalmente por haber opinado que la propuesta de ley para subvencionar a los discapacitados sería una carga demasiado onerosa para el Estado.
Tampoco hay que olvidar el calumnioso proceso que planteó contra el hijo menor y el hermano mayor del presidente de la república por hechos ocurridos hace tres años que no constituyen delito y en donde se ha hecho evidente la intención de coaccionarlo para avanzar la agenda política que viene impulsado y que ya no puede negar.
Pocas veces se había visto en la historia jurídica de este país el uso político de la persecución penal de una manera tan descarada, conducta que está íntimamente vinculada con la impunidad que ostenta el Comisionado de la CICIG por quien se siente respaldada. A lo largo de la Historia, Guatemala ha tenido que soportar los comportamientos abusivos de varios embajadores de la potencia económica y militar más grande del planeta, casos de los cuales vale recordar el del embajador Richard Cunningham Patterson Jr. (1886–1966), que previamente había sido embajador en Yugoslavia de 1944-1948, durante el gobierno del doctor Juan José Arévalo, a quien para no declarar “non grato”, el embajador de Guatemala en ese país, licenciado Ismael González Arévalo, visitó al entonces Secretario de Estado Dean Achesson para informarle que el embajador Patterson se estaba inmiscuyendo en asuntos internos del país y conspirando contra el gobierno legalmente constituido, por lo cual era de temer que le pudiese ocurrir algo por alguna reacción indeterminada de parte de los partidarios del gobierno, lo cual preocupaba mucho a las autoridades guatemaltecas, por lo que se temía por su vida y se creía prudente solicitar que fuese removido. Achesson, que era un brillante diplomático, comprendió y de inmediato lo llamó a Washington y lo retiró de Guatemala el 28 de marzo de 1950 y su misión se dio por terminada el 24 de marzo de 1951, cuando presentó sus cartas credenciales el embajador Rudolf Shoenfeld, quien se desempeñó amigablemente de 1951 a 1953. Patterson posteriormente fue disminuido de rango y enviado como ministro a Suiza. Shoenfeld fue sustituido por el nefasto embajador John Emil Peurifoy (del 4 de noviembre de 1953 a 2 de octubre 1954) quien, al servicio de la CIA y de la United Fruit Company, contribuyó al derrocamiento del gobierno legalmente constituido del coronel Jacobo Árbenz Guzmán.
Con el insulto que lanzó esta semana el embajador Todd Robinson contra cuatro diputados al Congreso de la República, no sólo se vuelve a pintar como lo que es –un perfecto patán- sino que termina de sepultar su carrera diplomática, pues resulta deshonroso el comportamiento que ha tenido en el desempeño de un cargo que evidentemente no merece y para el que nunca debió haber sido nombrado.
Resulta vergonzoso para el país más poderoso del mundo, que uno de sus embajadores en un país extranjero observe una conducta tan condenable contra quien le sirve de anfitrión y le ofrece la hospitalidad que corresponde a quien recibe educadamente a un visitante.
Igualmente triste es que algunos personajes que trabajan en los medios de comunicación, haciendo eco de la zafia conducta del señor Robinson, se presten a justificarla o a hacer comentarios denostadores contra los diputados, con la ingrata y prejuiciosa excusa de que estos se buscaron la ofensa.
Sólo la ceguera ideológica impide ver, no sólo lo condenable y fuera de lugar de la conducta de denostación que ha caracterizado al embajador Robinson, sino el hecho que el representante de un país extranjero se exprese de ese modo de un funcionario público -que constitucionalmente representa al pueblo- está erosionando la dignidad de todos los guatemaltecos, que no nos merecemos el maltrato de nadie.
Por las presiones evidentes a las que está sometido, puede sospecharse que el señor Presidente de la República, quien es el llamado a poner en su lugar a este abusivo embajador, es un cautivo político del propio ofensor y de sus esbirros y como consecuencia mantiene una inacción que huele a impotencia.
Es indudable que la pérdida de los estribos que sufrió el señor Robinson tiene que ver con la cólera que siente porque no logró doblegar la voluntad de muchos guatemaltecos con la persecución política que ha patrocinado y ahora que ve terminada la posibilidad de continuar la implementación de su agenda política, por la cercanía de su pronta partida, arremete contra quienes en ejercicio legítimo de sus derechos, quieren acelerarla.
Robinson siempre será recordado por los guatemaltecos como un personaje nefasto que en mala hora fue nombrado embajador de los Estados Unidos de América en nuestro país y que fue el perfecto ejemplo de lo que no debe ser un embajador.
Que los demócratas lo reciban en paz.
2.- Respeto al lábaro patrio
Las tres banderas en el Ministerio Público, la bandera nacional a la izquierda
Ha merecido muy severas críticas el hecho que la bandera de la comunidad gay (homosexual) haya sido colocada en el Ministerio Público (MP) junto a la bandera del MP y la bandera nacional, y que la posición que tiene nuestro lábaro patrio sea a la izquierda, lo cual es ilegal e irrespetuoso. Porque, como indicó por Facebook la abogada Ana Lucía Alejos Botrán (un aplauso para ella), “el Decreto 104-97 del Congreso de la República, la bandera nacional de la república de Guatemala NUNCA CEDE SU SITIAL DE HONOR. Es decir la bandera de Guatemala siempre debe estar al centro y no rinde honor, no comparte gloria, ni rinde tributo a otra bandera.