EL CASO JAGUAR ENERGY

Aclaraciones de China Machine New Energy Corporation 

En el añ0 2008, la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) convocó a una licitación pública internacional para la instalación de una planta de generación de carbón para cubrir la deficiencia en la tarifa social de los usuarios que subsidia el Estado, la cual serviría para cubrir el déficit que tienen las compañías de distribución en el interior de la República. Es importante destacar que la participación de la CNEE le dio un carácter de oficial a una relación que debió haber sido siempre de carácter particular, pero que por su participación la CNEE le daba el aval del Estado.

Entre los interesados y adquirientes de las bases de licitación se encontró la entidad Ashmore Energy International (AEI), compañía que para el solo efecto de participar en la licitación en Guatemala, constituyó, en el estado de Delaware (Estados Unidos de América), una entidad denominada Jaguar Energy Guatemala LLC, con la evidente intención de no sujetarse a las leyes guatemaltecas y conseguir la protección del CAFTA por tratarse de una inversión de una entidad de ese país.

De esa cuenta, es Jaguar y no AEI la que presenta una oferta en la licitación (única oferta, por cierto) con lo que el respaldo de dicha entidad era solamente el de la filial y no el de AEI, su casa matriz; debido a lo cual Jaguar incluyó en su oferta, de manera casuística, el apoyo financiero de AEI y el apoyo técnico de su “socio estratégico” China Machine New Energy Corporation (CMNC). Es importante destacar que la figura de “socio estratégico” no es reconocida como tal en la legislación guatemalteca, por lo que no tiene efecto material o vinculante en la propuesta que Jaguar haya hecho ante el Estado de Guatemala y/o ante las distribuidoras contratantes.

No obstante, en 2008 Jaguar contrató a CMNC para diseñar, construir y poner en funcionamiento (denominado proyecto “llave en mano”) una planta de generación eléctrica de 200 megawatts (MW) bajo contrato y 75 MW para el mercado spot.

Por su reciente y casuística constitución, Jaguar no calificaba bajo los requerimientos de la licitación -entre ellos tener un capital de un millardo de dólares- lo cual “subsanó” argumentando el aval de su matriz AEI y otros socios locales, ente ellos la entidad PQP propietaria de las barcazas en Puerto Quetzal, y “subsanó” su deficiencia técnica con la calidad de su “socio estratégico” (CMNC), cuya contratación no es vinculante para con el Estado o las distribuidoras.

Como todo contratista, Jaguar debió garantizar su obligación de proveer 200 MW para la tarifa social y, por ende, constituir una fianza acorde; sin embargo, solamente constituyó garantía sobre el diferencial entre el precio en ese momento de adquisición de la energía para la tarifa social y el precio en el que ellos prometieron venderla.

En marzo de 2010 se inició la construcción de la planta por parte de Jaguar, quien contrató a CMNC para el efecto y, como caso especial, debido a las anacrónicas leyes migratorias de Guatemala, el Gobierno emitió Acuerdos Gubernativos y Ministeriales en los que invitó a la compañía china y autoriza el ingreso y permanencia de técnicos especializados por falta de mano de obra calificada en Guatemala para y durante la construcción de la planta de generación.

Después de haber iniciado el proyecto con fondos propios, Jaguar buscó financiamiento y logró que CMNC le otorgase un crédito por US$200 millones, y garantizó el pago del crédito constituyendo prenda sobre la totalidad de sus bienes y los de AEI en Guatemala, lo cual incluyó la totalidad de los activos en el proyecto Jaguar, así como los contratos de compra de energía.

Importante es destacar que en el contrato entre Jaguar y CMNC está estipulado que si el primero incumpliese con el pago en las condiciones pactadas, CMNC se adjudicaría, en pago, los activos de AEI y de Jaguar y tomaría control del proyecto, así como de las obligaciones ante el Estado y las distribuidoras.

Posteriormente, Jaguar ofreció pagar el crédito a CMNC y solicitó financiamiento con el BCIE. Sin embargo, no pudo obtener el financiamiento por falta de capacidad financiera. Al mismo tiempo, solicitó ante la CNEE una prórroga para el inicio de operaciones, la cual le fue otorgada.

En el año 2013, Jaguar incumplió con las condiciones del crédito con CMNC por lo que este último, de acuerdo a las condiciones pactadas, ejerce su derecho contractual y comunica su intención de tomar en posesión los bienes pignorados, lo que incluye la planta y sus activos.

En noviembre de ese mismo año, AEI y Jaguar luego de haber incumplido, toman control absoluto de la planta utilizando más de 200 agentes de seguridad privada para expulsar a los técnicos chinos y a los contratistas guatemaltecos que realizaban trabajos en la planta.

En diciembre, AEI y Jaguar ordenaron a los guardias de seguridad contratados agredir a los técnicos chinos, de lo cual existen videos públicamente difundidos. Después de dicha agresión, Jaguar dio por terminado unilateralmente el contrato con CMNC.

Luego, con el objeto de garantizar su presencia en la planta, Jaguar de manera indebida aporta los bienes que ya estaban pignorados a favor de CMNC a un fideicomiso con un banco local y consigue garantizar la fianza de sostenimiento de precio, así como garantizar un pagaré y un contrato de reconocimiento de deuda con dicha entidad bancaria.

En vista que la diferencia entre Jaguar y CMNC tendría graves consecuencias para los consumidores guatemaltecos, las autoridades de gobierno citan en dos ocasiones a ambas partes a un diálogo conciliatorio para dirimir la controversia; pero en ambas ocasiones comparece solamente CMNC y no lo hace Jaguar, dando evidentes muestras de evasión en la rendición de cuentas.

Posteriormente, hubo citaciones adicionales por parte de bancadas del Congreso y en ninguna ocasión Jaguar ha comparecido.

En febrero de este año, por orden de Juez competente, los técnicos chinos de CMNC obtuvieron protección para que se mantengan en el sitio de las instalaciones de la construcción de la planta y se ordenó a la PNC brindarles seguridad.

En junio, suplantando la representación de los técnicos chinos de CMNC, Jaguar consiguió ante un Juez inferior y de turno, de manera irregular –cabe destacar– una orden que tiene como finalidad la expulsión de los técnicos chinos de CMNC de la planta y del país, por lo que la Dirección General de Migración los condujo a un albergue migratorio (equivalente a una cárcel), dándoles una connotación de delincuentes, con el evidente propósito de expulsarles del territorio guatemalteco. Pero el proceso llegó a manos de un Juez superior y este, al percatarse de la flagrante violación de los derechos humanos de los técnicos chinos de CMNC, dejó sin efecto la decisión del Juez inferior de turno y ordena al MP investigar los hechos que condujeron a la violación de los derechos fundamentales de los técnicos chinos.

A partir de ese momento, y cada vez más, Jaguar ha venido utilizando medidas mediáticas de coacción y de otra índole en contra de cualquier autoridad gubernamental o judicial que no accediese a sus presiones y pudiese garantizar a los técnicos chinos y a CMNC el respeto a sus derechos fundamentales, así como el cumplimiento de las obligaciones contractuales contraídas por Jaguar.

Está de más remarcar que la construcción de la planta lleva años de retraso debido a todos los abusos e incumplimientos de Jaguar para con CMNC, poniendo en grave riesgo el costo de la energía de los usuarios en tarifa social y, de esa cuenta, perjudicando a la economía nacional.

Esta es la verdad de lo que ha venido ocurriendo entre las empresas Jaguar Energy Guatemala LLC y la China Machine New Energy Corporation, y pareciera que los generadores nacionales de energía han venido actuando de manera que la planta Jaguar no entre en funcionamiento, por obvios motivos de competencia, en tanto que los abogados de la Jaguar hacen su agosto.

Pero, aparte del daño que se le está haciendo a los usuarios de energía eléctrica con tarifa social subsidiada por el Gobierno de la República, tampoco se debe desestimar el impacto negativo que, en su desarrollo económico y en su diplomacia, este caso podría causar a Guatemala de parte del Gobierno de la República Popular China que, como cabe suponer, ha dado su respaldo a la China Machine New Energy Corporation.

Twitter@jorgepalmieri