LO QUE EN VERDAD SUCEDE EN UNAERC

Desde antes de asumir el cargo de ministro de Salud Pública y Asistencia Social, el doctor Jorge Villavicencio comenzó a tener problemas mediáticos, primero porque al tomarle el juramento el presidente de la República, general Otto Pérez Molina, aún no había presentado su finiquito de ley, por lo que el mandatario le otorgó un plazo breve para obtenerlo; y aún después, cuando lo obtuvo en ese corto plazo, recibió críticas por haberlo obtenido en tan poco tiempo. ¡Está visto que nunca se puede quedar bien con algunos medios de comunicación y columnistas que son excesivamente exigentes! Ya les informé en el artículo anterior de las condiciones tan precarias en las que ese ministerio debe desarrollar sus importantes funciones, con un presupuesto que, realmente, es demasiado bajo para satisfacer todas las necesidades del país. Después, se le ha criticado porque en los hospitales no hay las medicinas que los médicos necesitan para desarrollar sus actividades con la debida propiedad, pero no se toma en consideración que constantemente se les surte de las medicinas que se obtienen, muchas de ellas a precios exageradamente altos debido a que las medicinas que no son genéricas son traídas al país exclusivamente por concesionarios que aprovechan las necesidades para elevar su desmedido lucro; y muchos otros problemas por el estilo, como el surgido por el insuficiente funcionamiento de la Unidad Nacional del Enfermo Renal Clínico (UNAERC) que, manejada por la llamada Fundación de Amor, deja mucho que desear en el servicio de hemodiálisis. Pero los medios de comunicación no se toman el trabajo en investigar a qué se debe esta deficiencia y de entrada se culpa de ella al ministerio de Salud Pública, cuando en verdad esto no depende de ese ministerio, como vamos ver a continuación. Varias son las ilegalidades que hay en lo que realmente sucede al contar dentro del órgano máximo de su administración de UNAERC al mismo proveedor del servicio de hemodiálisis, y de esa manera garantizar la venta de sus servicios a un paciente, que es un cliente fijo hasta el día de su muerte.

Entre las varias razones por las cuales no es correcto el sistema en que actualmente esta operando UNAERC es el hecho de la existencia del Convenio de Cooperación entre UNAERC y Fundación de Amor, firmado con fecha 17 de noviembre de 2008, suscrito por el Gerente General. En este convenio se indica que su objetivo es la prestación de servicios médicos que Fundación de Amor da a los pacientes de UNAERC; se conviene que esta ultima debe de pagar a la fundación el costo de atención a los pacientes; además, que el convenio en mención contiene la obligación de  parte de UNAERC de pagar a Fundación de Amor la variación de los costos por fluctuación de los precios, debido al incremento en la tasa de diferencial cambiario. Este es un contrato mercantil encubierto no un convenio de cooperación en donde prevalece la gratuidad de los servicios.  Cuando la naturaleza jurídica de una fundación debe ser de carácter no lucrativa. Sin embargo, ésta sí lo es. En alto grado. La Fundación de Amor cobra a UNAERC a través de “Restitución de Costos”, emitiendo para el efecto un recibo sencillo y simple, cuando lo legal es que si está vendiendo insumos y servicios debe cobrarlos con una factura, por lo que es evidente la evasión de obligaciones fiscales (ISR, IVA e ISO), y si tienen inmuebles, también el IUSI. Y este hecho constituye el delito de DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA.

Otro aspecto importante de señalar para acreditar que el convenio contiene relaciones contractuales encubiertas es el hecho de que el mismo establece que es de plazo forzoso y que las controversias que se den se ventilarán por la vía contenciosa administrativa, sin considerarse, en primer lugar, que si es un convenio de cooperación en el que debe prevalecer la buena voluntad y que no se trata de una relación contractual.

El citado convenio es el mejor ejemplo de que UNAERC está siendo administrada como una entidad PRIVADA o descentralizada –sin serlo–, tal como lo establecen las normas de su creación. El indicar que es una dependencia del Ministerio de Salud Pública, siendo este convenio a todas luces ilegal y puede ser sujeto de reparos de parte de la Contraloría General de Cuentas, no solo por los antecedentes de su creación, sino porque a pesar de ser un convenio disfraza de relaciones comerciales entre UNAERC y la Fundación de Amor; además, que las dependencias del ministerio de Salud Pública solamente pueden suscribir convenior por conducto del ministro, toda vez que dicha función es NO DELEGABLE y menos como en el caso de UNAERC que en su Concejo de Administración delegó esa función a su gerente, sin ser una entidad autónoma, cuando su normativa establece que es una dependencia del ministerio. Adicional a lo señalado, es importante recordar que UNAERC siempre ha sido dependencia del ministerio, pero no funciona como tal por la participación de la tantas veces mentada fundación.

Es importante recalcar que en exposición los dos integrantes de la Fundacion de Amor están haciendo incurrir en delitos e inobservacias a la Ley de Probidad a los miembros del Ministerio de Salud Pública al autocomprarse insumos y autopagarse también la Ley de Contrataciones del Estado, al inobservar los procesos de adquisiciones establecidos en la Ley. Que en este caso son: Licitacion, cotización, compra directa, contrato abierto y manifiesto de interés. Pero la fundacion impone a UNAERC la compra de los insumos que les donan.

Es totalmente anómalo que esta mentada fundación sea la única proveedora de los insumos para hemodiálisis y de servicios de hemodiálisis, o  de un convenio con el ministerio, firmado por el gerente de UNAERC con la Fundación de Amor. Lo cual les permite que se mantengan como proveedores, con voz y voto en las decisiones del Concejo de Administración en donde lo único que hacen es velar por sus intereses por su calidad de proveedores.

Es anómalo implementar la figura de competencia desleal al vender servicios con grandes ventajas sobre los competidores al investirse con las garantías que le da el contexto comercial de negociar con el nombre de una fundación. Esto les exime de impuestos, les autoriza a recibir donaciones y vender estas a un precio que difícilmente será competitivo para una empresa que esta formalmente inscrita en el sistema mercantil del país y con su trabajo aporta al fisco sus impuestos respectivos que fomentan el desarrollo del propio país.

El Estado de Guatemala, a través del ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, es el único que aporta  recursos financieros para el funcionamiento de la UNAERC. ¿Qué sentido tiene tener a la Fundación de Amor como ente colegiado dentro del Concejo de Administración si no aportan ni un solo centavo para el funcionamiento de UNAERC? Y al contrario, se sirven de UNAERC al estar dentro del Consejo de Administración. Ningún paciente de UNAERC que actualmente se encuentra en terapia de hemodiálisis en donde ellos son proveedores recibe su tratamiento como aporte de la fundación, porque a todos les cobran y lo paga el ministerio de Salud Pública.

Manifiestan que son quienes han donado las máquinas de hemodiálisis.  Estas nunca serán un bien que una institución pública o privada adquiera.  En el mercado nacional existen proveedores que proporcionan sus máquinas  a cambio de la venta de los insumos que necesitan para realizar cada terapia en los pacientes. De igual manera que lo hace la Fundación de Amor con UNAERC que consiste en que ellos proporcionan las máquinas a cambio de la venta de los insumos, que es el producto que genera el negocio dela industria alrededor de la Enfermedad Renal Terminal.  El gran negocio es que como ONG evaden impuestos, no son una firma comercial que para vender sus servicios tiene que cumplir con las reglas de proveedor en el país y participar con forme lo establece la Ley de Contrataciones del Estado.  Por lo que este servicio debería ser adquirido a través de un evento de licitación pública, como lo establece la la Ley de Contrataciones del Estado Guatemala.

El otro negocio de Fundación de Amor es el transplante renal cuando la fundación recibe fondos de parte del Estado de Guatemala para la realización de trasplantes renales. En la administración del Congreso de la República durante el tiempo del ex diputado Jorge Méndez Herbruger, actual funcionario de Fundación de Amor, se le asigno a esta fundación la respetable suma de Q5, 000,000.oo, para la realización de trasplantes renales. Ser la máxima autoridad de UNAERC les genera la facultad de detectar a los potenciales enfermos que se pueden beneficiar de un trasplante renal de fuente viva. Lo verdaderamente aberrante es que evitan que pacientes jóvenes que no tiene la posibilidad de que algún familiar les done un riñón, no sean referidos al Centro Nacional de Trasplantes que se ubica en el Hospital General San Juan de Dios, en donde puede existir la posibilidad de ser pacientes de espera. Los médicos de UNAERC no pueden referir pacientes al Hospital San Juan de Dios porque no tiene la autorización del Concejo de Administración, acto al que se opone la Fundación de Amor.  Esta fundación, para asegurarse de la selección de pacientes para ellos, tiene mantas en las instalaciones de UNAERC y tienen empleados propios para hacer el trabajo de “jaladores”.  Esto es un acto realmente anómalo y huele muy mal. Pero en verdad el ministerio de Salud Pública no tiene la culpa de ello.

Twitter: @jorgepalmieri