MISCELÁNEA DEL 02/04/17

1.- Abuso del Derecho Penal como atropello a la dignidad humana

Canallescas detenciones.

La población guatemalteca percibe las sutilezas del derecho, aunque no siempre pueda explicarlas. Una de esas sutilezas es la diferencia entre el uso y el abuso de un derecho.

La desvelada izquierda sueña con el poder y vive trabajando por todos los medios a su alcance para alcanzarlo, pero al juzgar por lo que hacen, si un día llegasen a ejercerlo, su gobierno sería mucho peor que el de todos los políticos que nos han gobernado durante la historia reciente del país.

En su afán político de justificar su presencia en Guatemala, el fiscal colombiano Iván Velásquez, incita a la Fiscal General de la República, licenciada Thelma Aldana Hernández de López, a perseguir a todos aquellos que no comulgan con sus ambiciones políticas y denuncian su arbitrario ejercicio de la acción penal pública.

Haciendo gala de sindicaciones dudosas, promueven acciones penales para desmantelar la oposición a las reformas constitucionales en el Congreso de la República, como están tratando de hacer con el único baluarte de la oposición en el Congreso de la República contra sus nefastos empeños por reformar la Constitución Politica de la República, pero no procesan a nadie de quienes apoyan su descabellada propuesta.

Particularmente notoria es la ausencia de procesamiento contra delitos cometidos por algunos diputados de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), partido político contra el que tampoco se inicia el procedimiento de cancelación de su inscripción en el Registro de Ciudadanos, no obstante que es un secreto a gritos el financiamiento ilegal que recibió en la pasada campaña electoral.

Tampoco avanzan en su contra las acciones de investigación por el escandaloso fraude del Transurbano y el obvio recibo de millones de dólares de comisiones por aprobar ilegalmente las concesiones que se otorgaron a la empresa brasileña Odebrech, la cual confesó públicamente haberlas pagado a los funcionarios que ejercían el poder en esa época.

No es casualidad que en la reunión de Fiscales Generales de todos los países de América Latina en Brasil, donde se dio la información de todas las mordidas entregadas por Odebrech a los diferentes gobiernos, incluido el de Guatemala, la única que se negó a asistir a recibir la evidencia de los delitos, fue la flamante Fiscal General de Guatemala, Thelma Aldana Hernández de López.

Dentro de ese contexto es fácil apreciar por qué algunos Magistrados de la Corte Suprema de Justicia –particularmente una magistrada llegada al cargo de manera ominosa– dominan el pleno usando prepotentemente las no muy veladas amenazas del afroamericano Todd Robinson, embajador de Estados Unidos de América y del fiscal colombiano Iván Velásquez, de iniciarles cualquier escándalo si no se pliegan a sus requerimientos.

Los Tribunales de Primera Instancia Penal tampoco se atreven a denegar las órdenes de detención que sin suficiente fundamento les solicita el Ministerio Público, menos aún se atreven sencillamente a citar a los supuestos implicados cuando se trata de personas cuya identidad y abono son ampliamente conocidos.

En flagrante y manifiesta violación del principio de inocencia, que garantiza del artículo 14 de la Constitución Política de la República, ordenan la muchas veces innecesaria aprehensión, cuando bastaría enviarles una citación indicándoles el motivo por el que se requiere su presencia en el Tribunal, para que se presentarán voluntariamente. Se da frecuentemente el caso de que se impide la presentación voluntaria de los sindicados, realizando su detención en las propias puertas del tribunal, pues el propósito que se esconde atrás de la orden, es quebrantarle la moral al sindicado de la forma más humillante posible.

Los infames verdugos capturadores, violan el artículo 4º. de la Constitución, que otorga a todos los ciudadanos el derecho a no ser sometidos a ninguna condición que menoscabe su dignidad, y proceden a humillar al detenido engrilletándolo como si se tratara de un delincuentes peligroso cuando bastaría pedirle que acompañe a los policías, para conducirlo al tribunal.

Se puede apreciar en la publicación de las grabaciones de estas escenas que publican los medios de comunicación, la forma  como estos esbirros disfrutan la humillación a la que someten a personas que pertenecen a un estrato de autoridad o jerarquía superiores al que ellos ostentan y gozan apretándoles los grilletes hasta causarles dolor físico que daña la humanidad y la dignidad de los detenidos.

A pesar del mandato contenido en el articulo 13 de la Constitución, que prohíbe a las autoridades policiales presentar de oficio ante los medios de comunicación social, a ninguna persona que previamente no haya sido indagada por tribunal competente, con la condenable intención de causar el mayor escarnio posible al enemigo político, convocan a tales medios y se hacen acompañar de ellos para que el escándalo de la detención destruya lo más valioso que tiene un ser humano: su reputación. Esta actitud delictiva siempre queda impune.

Todos los guatemaltecos decentes deberían protestar indignados por la comisión de estos atropellos a los que son sometidos los ciudadanos, con la excusa de estar sindicados de la comisión de un delito, abusos que violan manifiestamente los derechos fundamentales garantizados por la Constitución Política de la República.

Sólo la más despreciable bajeza moral, hace posible el ataque a la dignidad y reputación de una persona en la forma que la realizan el Ministerio Público y la CICIG cuando capturan a una persona y la presentan a los medios de comunicación antes de haber sido indagado en un tribunal competente.

2.- Vergonzoza aprobación de la iniciativa de reforma al artículo 295 de la Constitución

El día miércoles 26 de marzo de 2017 el Congreso de la República, sin mayor reflexión ni discusión, aprobó irresponsablemente el artículo 5 de la iniciativa de reforma constitucional que impulsan el embajador estadounidense Todd Robinson, el fiscal colombiano Iván Velásquez, la Fiscal General de la Nación  Thelma Esperanza Aldana Hernández de López y el Procurador de Derechos Humanos Jorge de León Duque. Con esta aprobación pretenden cambiar el contenido del artículo 205 de la Constitución Política de la República, si acaso lo aprobara la Consulta Popular que tendrá que celebrarse posteriormente.

El Congreso de nuevo se atribuyó para ello, una competencia constitucional que no tiene y que corresponde a una Asamblea Nacional Constituyente, porque se atrevió a legislar sobre los principios de igualdad ante la ley y debido proceso, regulados en los artículos 4 y 12 de la parte dogmática del texto, la cual regula los derechos individuales, campo jurídico cuya regulación le está expresamente vedada en el artículo 278 del texto constitucional.

A pesar de que la mal llamada Jurisdicción Indígena está tácitamente rechazada porque no pudo alcanzar la mayoría de 105 votos necesarios para su aprobación, también aprobaron como una contradictio in termini, junto a la garantía de igualdad, la pluriculturalidad en el acceso al sistema de justicia y las carreras profesionales, limitando absurdamente la paridad en todos los aspectos de la vida que garantiza la primera disposición, probablemente pensando en que con la inclusión de esa palabrita podrían eventualmente reclamar la implantación del rechazado “sistema de cuotas” para acceder al Organismo Judicial, como lo han querido hacer con las diputaciones del propio Congreso.

El último párrafo de la iniciativa que aprobó este artículo dice: “La violación a la independencia judicial, el litigio malicioso y el abuso del derecho, serán sancionados conforme a la ley.

El texto transcrito evidencia una ignorancia crasa de la propia Constitución de la República y de las leyes ordinarias, que regulan esas materias, porque la parte final del segundo párrafo del artículo 203 constitucional, que no ha sido afectado por la reforma, ya contiene mejor redactado el atentado a la independencia judicial al establecer “A quienes atentaren contra la independencia del Organismo Judicial, además de imponérseles las penas fijadas por el Código Penal, se les inhabilitará para ejercer cualquier cargo público.

El delito de atentado ya está contemplado en el Capítulo I, del Título XIII del Código Penal, que se refiere a los Delitos contra la administración pública cometidos por particulares, sancionado en el artículo 408 con prisión de uno a tres años.

En cuanto al abuso del derecho, materia que no corresponde al derecho constitucional, ya está regulado en el Artículo 18 de la Ley del Organismo Judicial que prescribe: “El exceso y mala fe en el ejercicio de un derecho, o la abstención del mismo, que cause daños y perjuicios a las personas o propiedades obligan al titular a indemnizarlos.

Completan regulación del abuso del derecho los artículos 465 y 466 del Código Civil que establecen respectivamente: “El propietario, en ejercicio de su derecho, no puede realizar actos que causen perjuicio a otras personas y especialmente en sus trabajos de explotación industrial, está obligado a abstenerse de todo exceso lesivo a la propiedad del vecino.”

El que sufre o está amenazado con un daño porque otro se exceda o abusa en el ejercicio de su derecho de propiedad, puede exigir que se restituya al estado anterior, o que se adopten las medidas del caso, sin perjuicio de la indemnización por el daño sufrido.

En cuanto al litigio “malicioso”, que tampoco es materia constitucional, tal expresión general no está contemplada en nuestro derecho positivo como lo pretende el texto aprobado. En los procesos de cualquier índole que estos sean, lo que tal expresión pudiera significar, se traduce en la facultad que tienen los jueces de conformidad con el artículo 66 de la Ley del Organismo Judicial, para a) Compeler y apremiar por los medios legales a cualquier persona para que esté a derecho: b) Devolver sin providencia alguna con razón circunstanciada del secretario, los escritos contrarios a la decencia, a la respetabilidad de las leyes y de las autoridades, o que contengan palabras o frases injuriosas, aunque aparezcan tachadas o aquellos escritos en los que figuren mandatarios o abogados cuya intervención sea motivo para que el juez o la mayoría de magistrados, si fuere un tribunal colegiado, tengan que excusarse o puedan ser recusados; y c) Rechazar de plano bajo su estricta responsabilidad, los recursos o incidentes notoriamente frívolos o improcedentes, los recursos extemporáneos y las excepciones previas extemporáneas, sin necesidad de formar artículo o hacerlo saber a la otra parte, y de imponer multas o sanciones pecuniarias si su rechazo fuere apelada y el tribunal superior confirmara lo resuelto.

Pero en ningún caso puede un Juez rechazar un litigio calificándolo de “malicioso” porque esto violaría el derecho de petición que regula el artículo 28 de la Constitución Política de la República, el cual le confiere a toda persona libre acceso a los tribunales, dependencias y oficinas del Estado, para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley. La única sanción para un litigante de mala fe es la condena al pago de las costas procesales en el fallo que le ponga fin al proceso.

Lo comentado evidencia que los bisoños abogados que redactaron o ayudaron a redactar la iniciativa de reforma constitucional en la mesa supuestamente “técnica” que organizó la CICIG, no era más que eso: una “mesa” de técnicos, pero no se trataba de profesionales especializados en derecho constitucional.

Vergonzoso es, pues, que los diputados que aprobaron ese proyecto de reforma del artículo 205 de la Constitución, no hayan tenido la menor idea de lo que estaban haciendo. Porque de saber lo que estaban haciendo podrían ser tldados de traidores a la patria, en mi humilde opinión.

3.- Pero no estoy arando en el mar

Me es muy satisfactorio comprobar, sin embargo, que no estoy arando en el mar, porque hay otras personas que se suman a mi lucha. Voy a reproducir a continuación el artículo de J. Fernando García Molina titulado “La ONU golpea a Guatemala” publicado el 31/03/2017. en la página Teorema

La ONU golpea a Guatemala

J. Fernando García Molina

http://www.opinionpi.com/detalle_articulo.php?id=896

Fecha de Publicación: 31/03/2017 

Tema: Gobierno

“La semana pasada, Patrick Lehay senador por Vermont Estados Unidos, amenazó a Guatemala, a través del Presidente Morales, diciendo que si no renovaba el mandato de Iván Velásquez que finaliza en septiembre o si pide a la ONU que lo remueva o reemplace, entonces los fondos del Plan de la Alianza ya no vendrían a Guatemala y el país tendría que buscar el apoyo financiero por otro lado.

Casi simultáneamente la congresista Demócrata por California y miembro del Comité de Relaciones Exteriores, Norma Torres, en forma conjunta con Adriana Beltrán de la Oficina de Washington para América Latina (WOLA) expresaron su apoyo personal a Iván Velásquez y Thelma Aldana dándoles el trato de héroes valientes y diligentes.

Esta semana Rebeca Arias, Coordinadora Residente de la ONU, declaró que Guatemala había invertido poco en el área social y que debe incrementar el presupuesto de salud y educación. Es muy probable que la funcionaria de las Naciones Unidas tenga razón pero ¿debemos tolerar que alguien como ella, la diputada Torres o el senador Lehay nos venga a decir qué debemos hacer? ¿Debe seguir siendo la nuestra una actitud de servil sumisión a los designios de estos iluminados?

Con fecha 24 de marzo la ONU publicó el Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las actividades de su oficina en Guatemala. El informe dice, a veces exige, lo que debemos hacer. Entiendo que no se trata de una situación coyuntural sino que esta ha sido la situación prevaleciente durante los últimos 50 años. A fines de 1969 el Gobierno ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de entonces para acá no ha tocado recibir palo y aceptar que otros nos digan, a veces que nos ordenen, lo que debemos hacer. Al fin y al cabo ¿qué es la ONU? ¿De dónde deriva su autoridad moral?

El gobierno global representado por la Organización de las Naciones UnidasONU— fue fundado en 1945 en sustitución de la Sociedad de las Naciones establecida en 1919 ya que esta había fracasado en su finalidad de asegurar la paz. Las atribuciones del nuevo ente supranacional, más allá de su original mandato de asegurar la paz y la seguridad internacional se ampliaron para cubrir el Derecho internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.

El fracaso de la ONU en el campo fundamental de la paz y la seguridad, su misión más importante, es acaso el más evidente. De 1945 para acá, ha proliferado el armamento nuclear, han surgido las armas químicas y se ha desarrollado armamento biológico. Los guerrilleros internacionales como “Carlos, el chacal” en 1974, se han multiplicado llevando el terrorismo a dimensiones insospechadas y pasando de ser un fenómeno principalmente nacional a otro de esfera mundial. Hábilmente, la ONU ha soslayado incluir la violencia proveniente del narcotráfico entre sus atribuciones, reconociendo que es un reto que excede su ausente capacidad. Lo que no ha conseguido evitar es que tanto el terrorismo como el narcotráfico sean figuras omnipresentes en las múltiples críticas de quienes buscan que sea universalmente declarada obsoleta e inútil.

Sus acciones en torno al derecho internacional han sido casi tan infructuosas como las de la Organización de Estados AmericanosOEA–, otro ente burocrático inútil que repetidas veces ha estado a punto de desaparecer. Las acciones de la ONU son selectivas. Los países pequeños, como Guatemala, son abusados al tiempo que los países poderosos como Estados Unidos, el Reino Unido, la Unión Europea, Japón, Alemania, Francia, China, España y otros, simplemente hacen lo que les venga en gana. Es imposible imaginar siquiera a uno de sus “expertos” diciendo en Washington, Londres o París, lo que sus respectivos países deben hacer o amenazándolos con sanciones.

En temas de guerra, Yemen, Sudán y Siria, entre muchos otros, son fracasos sonoros. Sus Cascos Azules (cerca de 100,000 soldados y policías) se encuentran desplegados en el mundo pero no han conseguido ser eficaces. Sudán y Ruanda son temas de los que la ONU evita hablar. Por lo contrario, sus soldados fueron acusados de llevar el cólera a Haití causando cerca de diez mil muertes; también enfrentaron cargos por abusos sexuales en la República Centroafricana. Habían llegado, como aquí, a decirles lo que debían hacer para progresar.

Después del derrumbe de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas –URSS– a fines de 1989, hubo desempleo entre quienes ocupaban cargos importantes en las agencias vinculadas con la guerra fría y la agitación política en fábricas y universidades. La ONU acogió a muchos de ellos y fue con ellos con quienes reforzó su sección de Derechos Humanos. De nuevo fuimos los países pequeños, los campos de prueba de las políticas colectivistas desarrolladas por ese organismo.

Para fines del milenio la ONU, representada por Jean Arnau, participó en la firma de los “Acuerdos de Paz”. Por medio de estos convenios, un grupo de asesinos, secuestradores, violadores… terminó llamando criminales y acusando ante los tribunales de justicia locales y en cortes internacionales a los miembros del Ejército Nacional quienes en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales los había derrotado militarmente.

Arnau dirigió la primera fuerza (no militar) de ocupación de la ONU en nuestro país, la así llamada Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala —MINUGUA. Posteriormente, con funciones ampliadas este ente se transformó en la Comisión de Investigación de Cuerpos Ilegales y Aparatos Clandestinos de Seguridad —CICIACS— que después se transformaría en la CICIG, nombre que conserva a la fecha. Desde luego, todo esto sucedió con el beneplácito de nuestros gobernantes, quienes no supieron manejar la presión ejercida sobre ellos llevándoles a aceptar (y hasta solicitar) tal injerencia.

Después de su experiencia en Guatemala, Jean Arnau convertido en importante representante de la ONU ante países africanos realizó tareas semejantes. Más recientemente fue trasladado a Colombia para desarrollar tareas idénticas a las que originalmente desplegó en Guatemala. El NO de los colombianos debió significar un fuerte revés para él. Conviene observar que en Colombia menos y en los países africanos más, hay tanta paz como en nuestra Guatemala.

La mayor presencia de la ONU, durante muchos años, ha sido en Haití, el país más pobre y subdesarrollado del continente americano. Después de los muchos y muy oscuros años (1957-86) del dictador François Duvalier «Papa Doc» y su hijo “Baby Doc”, sufrió varios coup d’état, La ONU tuvo varias intervenciones hasta 2004, cuando llegó para quedarse, con Cascos Azules y toda la mara. Sucedió que, contrario a mejorar, bajo las instrucciones de la ONU, Haití ha empeorado progresivamente, al grado que algunos haitianos añoran la época de “Papa Doc” y sus Tontons-Macoutes.

Usted posiblemente recuerde a Alberto Brunori y Valérie Julliand, funcionarios de las Naciones Unidas, quienes en representación de esa entidad al llegar a Guatemala les sorprendió que no viviéramos en árboles y vistiéramos taparrabo. Sin dejarse intimidar por el perfil de una ciudad moderna, plagada de edificios y con muchas personas poseedoras de capacidades técnicas y conocimientos académicos superiores a los propios, nos dijeron cómo vivir, en qué creer y con generosidad asombrosa nos regalaron las que debían ser nuestras “metas para el milenio”.

Contrario a lo que algunos aun defienden, en la práctica diaria, las cosas le han salido muy mal a la ONU. Mucho gasto, mucha pompa, mucha presencia y posturas prepotentes pero sin éxitos que mostrar. Tanto que algunos críticos suyos afirman que después de la Declaración universal de los derechos humanos, a fines de 1948, lo único que hacen bien son sus bellos reportes, magníficamente encuadernados.

Parece que a la fecha los guatemaltecos aun no conseguimos ver que nuestra ciega obediencia y vasallaje no ha servido. Que hoy estamos peor que hace 50 años y que mientras sigamos dejando en manos de esa burocracia internacional nuestro destino seguiremos siendo un país sin dignidad. Que de pobres habremos pasado a paupérrimos.

No debemos culpar al Presidente Morales por haberse alineado. Cómo censurarlo si después de su respuesta a las declaraciones de Lehay la prensa se volvió contra él, casi respaldando lo dicho por el insolente senador. Cómo reprocharlo si somos incapaces de comprender que las remesas familiares lo son por una suma mucho mayor que cualquier ayuda que el país pudiera recibir y, además, distribuida de una forma que ningún gobierno podría superar. No puedo siquiera imaginar a los periodistas despellejando al presidente y sus ministros si se atreviera a insinuar siquiera que la dignidad nacional es más valiosa que la caridad de los gringos o de la ONU.” (Fin del artículo)

Mi comentario: ¿Qué tiene que meterse ese senador en los asuntos internos de nuestro país? Claro, como estamos con la mano extendida para recibir limosnas del más poderoso país de nuestra área, se sienten con derecho a tratarnos de esa forma para el Triángulo del Norte. Pero por la miseria que nos dan en ese plan podrían metérselo donde les quepa.  Más nos valdría guardar la honra y dignidad que recibir ese limosna.

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En manifiesta violación del principio de inocencia, que garantiza del artículo 14 de la Constitución Política de la República, ordenan la muchas veces innecesaria aprehensión, cuando bastaría enviarles una citación indicándoles el motivo por el cual se requiere su presencia en el Tribunal, para que se presentaran voluntariamente. Se da frecuentemente el caso de que se impide la presentación voluntaria de los sindicados, realizando su detención en las propias puertas del tribunal, pues el propósito que se esconde atrás de la orden, es quebrantarle la moral y desprestigiar al sindicado de la forma más humillante posible.

Los infames verdugos capturadores, violando el artículo 4º. de la Constitución, que otorga a todos los ciudadanos el derecho a no ser sometidos a ninguna condición que menoscabe su dignidad, proceden a humillar al detenido engrilletándolo como si se tratara de un delincuentes peligroso cuando bastaría pedirle que acompañe a los policías, para conducirlo al tribunal.

Se puede apreciar en la publicación de las grabaciones de estas escenas que publican los medios de comunicación, como estos esbirros verdaderamente disfrutan la humillación a la que someten a personas que pertenecen a un estrato de la forma como estos esbiros de lae autoridad o jerarquía superiores al que ellos ostentan y gozan apretándoles los grilletes hasta causarles dolor físico que daña la humanidad de los detenidos.

A pesar del mandato contenido en el articulo 13 de la Constitución, que prohíbe a las autoridades policiales presentar de oficio ante los medios de comunicación social, a ninguna persona que previamente no haya sido indagada por tribunal competente, con la condenable intención de causar el mayor escarnio posible al enemigo político, convocan a tales medios y se hacen acompañar de ellos para que el escándalo de la detención destruya lo más valioso que tiene un ser humano: su reputación. Esta actitud delictiva siempre queda impune.

Todos los guatemaltecos decentes debieran protestar indignados por la comisión de estos atropellos a los que son sometidos los ciudadanos, con la excusa de estar sindicados de la comisión de un delito, abusos que son manifiestamente violatorios de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución Política de la República.

Sólo la más despreciable bajeza moral, hace posible el ataque a la dignidad y reputación de una persona, en la forma que la realizan el Ministerio Público y la CICIG.